Marcado CE: cómo declarar la conformidad de tu producto

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Si fabricas, importas o distribuyes productos industriales, eléctricos, de construcción o de seguridad personal dentro del Espacio Económico Europeo (EEE), el marcado CE probablemente no sea opcional. Es la declaración visible de que tu producto cumple los requisitos esenciales de la directiva o reglamento europeo que le aplica. Sin embargo, en la práctica diaria de muchas pymes encontramos el mismo patrón: el logo «CE» pegado en el producto sin que nadie haya elaborado el expediente técnico ni firmado la declaración de conformidad. Ese error puede costar una retirada del mercado, una sanción de la autoridad de vigilancia de mercado y, en el peor escenario, responsabilidad civil por daños.

Este artículo explica con exactitud qué implica el marcado CE, qué pasos hay que dar para declarar la conformidad correctamente y dónde puede tropezar tu empresa si lo gestiona sin el asesoramiento adecuado. Si quieres valorar tu situación concreta, nuestro equipo de consultoría sobre marcado CE y declaración de conformidad puede acompañarte desde el análisis hasta la firma del expediente.

¿Qué es el marcado CE y qué no es?

El marcado CE (Conformité Européenne) es la declaración del fabricante de que un producto satisface los requisitos esenciales de las directivas o reglamentos europeos aplicables. No es un sello de calidad, no certifica que el producto sea «el mejor» ni que esté auditado por un organismo notificado en todos los casos. Es, ante todo, un pasaporte técnico-legal que permite la libre circulación del producto dentro del EEE sin que los estados miembros puedan imponer requisitos técnicos adicionales.

Lo que el marcado CE no es:

¿A qué productos afecta el marcado CE?

No todos los productos que se comercializan en Europa necesitan el marcado CE. Solo aquellos incluidos en el ámbito de aplicación de alguna de las directivas o reglamentos de «nueva aproximación» (o «nuevo enfoque») que lo exigen. Las más habituales en el tejido industrial español son:

Directiva / Reglamento Categoría de producto Referencia UE vigente
Directiva de Máquinas (MD 2006/42/CE → Reglamento 2023/1230) Maquinaria, cuasi-máquinas, componentes de seguridad Reglamento (UE) 2023/1230 — aplicación desde 20 enero 2027
Directiva de Baja Tensión (LVD 2014/35/UE) Equipos eléctricos entre 50 V y 1.000 V CA / 75 V y 1.500 V CC Directiva 2014/35/UE
Directiva de Compatibilidad Electromagnética (EMC 2014/30/UE) Equipos eléctricos y electrónicos que emiten o son sensibles a perturbaciones EM Directiva 2014/30/UE
Reglamento de Equipos de Protección Individual (EPI — Reg. 2016/425) Guantes, cascos, arneses, calzado de seguridad, etc. Reglamento (UE) 2016/425
Reglamento de Productos de Construcción (CPR — Reg. 305/2011) Cemento, ventanas, cables, puertas cortafuego, etc. Reg. (UE) 305/2011 (en revisión hacia CPR2)
Reglamento de Dispositivos Médicos (MDR — Reg. 2017/745) Dispositivos médicos clases I, IIa, IIb y III Reglamento (UE) 2017/745 (aplicable desde 26 mayo 2021; periodos transitorios hasta 2027-2028 según clase)
Directiva de Juguetes (2009/48/CE) Juguetes para menores de 14 años Directiva 2009/48/CE
Directiva de Equipos a Presión (PED — 2014/68/UE) Recipientes a presión, calderas, válvulas Directiva 2014/68/UE

La novedad más relevante de 2025-2026 es la entrada en vigor progresiva del nuevo Reglamento de Maquinaria (UE) 2023/1230, que deroga la Directiva 2006/42/CE con aplicación obligatoria a partir del 20 de enero de 2027. Las empresas fabricantes de maquinaria deben comenzar ya la adaptación de sus expedientes técnicos a los nuevos requisitos, que incorporan criterios específicos para máquinas con funciones de inteligencia artificial e interconexión digital.

El proceso de declaración de conformidad CE: paso a paso

El procedimiento genérico, con las particularidades de cada directiva, sigue esta secuencia:

1. Identificar las directivas y reglamentos aplicables

Un mismo producto puede quedar bajo el ámbito de varias directivas simultáneamente. Una prensa hidráulica, por ejemplo, puede estar sujeta a la Directiva de Máquinas, a la LVD y a la EMC al mismo tiempo. El primer error habitual es asumir que solo aplica la directiva «principal» e ignorar las colaterales.

2. Determinar el módulo de evaluación de la conformidad

Cada directiva define varios módulos de evaluación (de la A a la H) que establecen si el fabricante puede autoevaluar el cumplimiento o si necesita la intervención de un organismo notificado (entidad acreditada por el Estado miembro, como AENOR, TÜV, Bureau Veritas o SGS en España). Los productos de menor riesgo (módulo A) pueden declarar la conformidad sin terceros; los de mayor riesgo —EPI categoría III, maquinaria con riesgo elevado, dispositivos médicos clase II y superiores— exigen examen de tipo CE por un organismo notificado.

3. Aplicar las normas armonizadas

Las normas armonizadas son estándares europeos (EN) publicados bajo el paraguas de la directiva correspondiente cuya aplicación genera una presunción de conformidad con los requisitos esenciales. No son obligatorias por ley, pero aplicarlas es la vía más segura y documentada para demostrar el cumplimiento. La lista de normas armonizadas vigentes se publica periódicamente en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).

4. Elaborar el expediente técnico

El expediente técnico (también llamado «documentación técnica») es el corazón del proceso. Debe incluir, como mínimo:

El expediente técnico no se envía a ningún organismo salvo que lo solicite la autoridad de vigilancia de mercado. Debe conservarse durante un mínimo de 10 años desde la comercialización del último producto (el plazo varía según la directiva). En España, la autoridad competente en vigilancia de mercado es la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa (DGIPYME), dependiente del Ministerio de Industria y Turismo.

5. Redactar y firmar la declaración UE de conformidad

La declaración UE de conformidad (anteriormente llamada «declaración CE de conformidad») es el documento formal mediante el cual el fabricante —o su representante autorizado establecido en la UE— declara bajo su responsabilidad exclusiva que el producto satisface los requisitos de las directivas aplicables. Debe contener:

La declaración debe estar disponible en el idioma oficial del país donde se comercialice el producto. En el mercado español, el español es obligatorio.

6. Colocar el marcado CE en el producto

El marcado CE debe colocarse en el producto antes de su puesta en el mercado, de forma visible, legible e indeleble. Si las dimensiones del producto lo impiden, puede colocarse en el embalaje y/o en la documentación adjunta. El formato y las proporciones mínimas del logotipo están reguladas (altura mínima 5 mm salvo especificación diferente de la directiva). Si intervino un organismo notificado, su número de identificación (de cuatro dígitos) debe aparecer junto al marcado CE.

Nuevo Reglamento de Maquinaria 2023/1230: qué cambia desde 2027

El Reglamento (UE) 2023/1230, publicado en el DOUE el 29 de junio de 2023, reemplaza a la Directiva de Máquinas 2006/42/CE. Aunque su aplicación obligatoria comienza el 20 de enero de 2027, el período transitorio ya está activo y los fabricantes que quieran comercializar productos conforme al nuevo reglamento desde esa fecha necesitan iniciar la adaptación ahora. Los cambios más relevantes son:

Para las empresas fabricantes de maquinaria en Castilla y León —sector especialmente relevante en la región— esta transición requiere una revisión completa de los expedientes técnicos existentes y, en muchos casos, la realización de nuevos análisis de riesgo. Desde Summum Consultoría acompañamos ese proceso con metodología estructurada y conocimiento de los sectores industriales de la zona.

Vigilancia de mercado y consecuencias de no cumplir

El Reglamento (UE) 2019/1020 sobre vigilancia de mercado y conformidad de los productos reforzó los poderes de las autoridades nacionales para retirar productos no conformes del mercado. En España, la DGIPYME y las comunidades autónomas con competencias en industria pueden:

El argumento de «no sabíamos que aplicaba» no exime de responsabilidad al fabricante ni al importador. La normativa europea establece que quien pone el producto en el mercado es responsable de haber verificado su cumplimiento antes de hacerlo.

Importadores y distribuidores: ¿tienen obligaciones?

Sí. El Reglamento 2019/1020 y la mayor parte de las directivas «nueva aproximación» distinguen entre fabricante, importador y distribuidor, asignando obligaciones a cada uno:

Desde 2021, el Reglamento 2019/1020 introdujo además la figura del «operador responsable» en los reglamentos sectoriales más recientes: si no hay un fabricante establecido en la UE, las autoridades pueden dirigirse al importador o al distribuidor para exigir la documentación técnica.

Los errores más comunes que vemos en pymes industriales

Después de más de quince años acompañando a empresas industriales, estos son los fallos más frecuentes en la gestión del marcado CE:

  1. Colocar el marcado sin elaborar el expediente técnico. El logo se pega en la máquina pero no existe ningún documento que lo respalde. En una inspección de mercado, el expediente debe estar disponible en diez días.
  2. Usar normas armonizadas retiradas. Las normas se revisan y las versiones antiguas dejan de dar presunción de conformidad a partir de la fecha de retirada publicada en el DOUE. Muchos expedientes siguen referenciando normas obsoletas.
  3. No identificar todas las directivas aplicables. Una máquina eléctrica debe cumplir MD + LVD + EMC como mínimo. Ignorar alguna implica que el marcado CE es técnicamente falso.
  4. Declaración de conformidad incompleta o sin firma. El documento existe pero le faltan datos obligatorios o no está firmado por el responsable autorizado.
  5. No traducir las instrucciones de uso. Si se comercializa en España, las instrucciones deben estar en español. Si también se vende en Francia o Alemania, deben estar en el idioma local. Muchos fabricantes solo tienen la versión inglesa.
  6. Modificar el producto sin actualizar el expediente. Cualquier modificación sustancial del diseño o de los componentes obliga a revisar el análisis de riesgo y, en muchos casos, a repetir ensayos.
  7. Confundir el marcado CE con una certificación ISO. Son dos cosas distintas con objetivos distintos. La ISO 9001 regula el sistema de gestión; el marcado CE acredita la conformidad del producto concreto con requisitos esenciales de seguridad.

Si tu empresa está en alguna de estas situaciones, el primer paso es un diagnóstico de la situación actual de los expedientes técnicos existentes. Nuestro servicio de asesoría de marcado CE incluye esa revisión inicial, la identificación de las directivas aplicables y el plan de acción para regularizar el expediente.

Marcado CE y AI Act: la intersección que viene

El Reglamento de Inteligencia Artificial (AI Act — Reg. UE 2024/1689), en aplicación progresiva desde 2025, introduce requisitos de conformidad para sistemas de IA de alto riesgo que se solapan con el marcado CE. En concreto, los sistemas de IA integrados en productos que ya tienen marcado CE (maquinaria, dispositivos médicos, vehículos, etc.) deben cumplir simultáneamente los requisitos del AI Act y de la directiva sectorial. La declaración de conformidad y el expediente técnico deben recoger ambos marcos.

Esto supone un reto nuevo para los fabricantes de maquinaria con control numérico adaptativo, sistemas de visión artificial integrados o automatización robótica con aprendizaje. Si tu empresa fabrica o utiliza este tipo de equipos, conviene revisar ya la estrategia de doble conformidad. Nuestro equipo de consultoría coordina este análisis junto con los especialistas de Summum IA, que cubren los aspectos técnicos del AI Act.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo se tarda en obtener el marcado CE?

No hay un trámite administrativo que «conceda» el marcado CE: lo declara el propio fabricante. El tiempo depende de si ya existe documentación técnica, de si hay que realizar ensayos en laboratorio y de si es necesaria la intervención de un organismo notificado. Un producto relativamente sencillo que no requiere organismo notificado puede completar el proceso en semanas si la documentación está bien organizada. Una máquina compleja con múltiples directivas y requisito de examen de tipo puede tardar varios meses, sobre todo si hay que esperar citas en el laboratorio notificado.

¿Es obligatorio contratar un organismo notificado para el marcado CE?

Solo en los casos que la directiva correspondiente lo exija según el módulo de evaluación aplicable. Para muchos productos (categoría de riesgo baja o media), el fabricante puede autoevaluar la conformidad y firmar él mismo la declaración sin intervención de terceros. La intervención de un organismo notificado —como AENOR, TÜV Rheinland, Bureau Veritas o SGS— es obligatoria, por ejemplo, para EPI de categoría III, maquinaria con peligros especificados en el Anexo IV de la Directiva de Máquinas o dispositivos médicos de clase II y III.

¿El marcado CE caduca?

El marcado CE en sí mismo no tiene fecha de caducidad. Sin embargo, deja de ser válido si la norma armonizada utilizada en el expediente técnico es retirada del DOUE (sustituida por una nueva versión) y no se actualiza el expediente a la nueva norma, o si se producen modificaciones sustanciales en el producto que no han sido recogidas en el análisis de riesgos y la documentación técnica. También deberá revisarse cuando se actualice la directiva o cuando entre en vigor un nuevo reglamento que la sustituya (como ocurre con la Directiva de Máquinas y el Reglamento 2023/1230).

¿Qué pasa si importo un producto de fuera de la UE que ya lleva el marcado CE?

Como importador, tienes la obligación de verificar que el marcado CE es legítimo: que el fabricante dispone del expediente técnico, que la declaración de conformidad existe y es completa, y que el producto realmente cumple los requisitos esenciales de las directivas indicadas. Confiar ciegamente en que «el proveedor chino ya lo ha marcado» sin verificar la documentación es un riesgo legal que recae sobre el importador establecido en la UE. Si en una inspección de mercado el expediente técnico no existe o es incorrecto, la autoridad puede actuar contra el importador español como si fuera el fabricante.